Nueva información que debe enviarse en la factura electrónica de manera obligatoria
En cumplimiento de la Resolución 00042 del 05 de mayo del 2020 de la DIAN, por el cual se establece las condiciones de expedición y recepción de documentos electrónicos, los siguientes datos deben ser enviados como parte de la información del Emisor de cada documento electrónico:
- Responsabilidad fiscal de acuerdo a los códigos específicos por la Dian. ( Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020- Numeral 6.2.7)
- Detalles tributarios del adquirente ( campo TaxScheme Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020- Numeral 6.2.2. )
- Código postal (postalzone) del emisor. (Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020- Numeral 6.4.4)
Con fin de dar cumplimiento a estos requisitos de facturación electrónica, esta información debe ser ingresada en misfacturas por parte de cada Emisor.
Esta funcionalidad está disponible desde el 4 de junio de 2020.
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