¿Se puede incluir ReteICA en el Documento Soporte?
Una consulta frecuente al generar un Documento Soporte en adquisiciones a no obligados a facturar es si se puede registrar la retención de ICA (ReteICA) dentro del documento.
Actualmente no es posible incluir ReteICA en el Documento Soporte electrónico, ya que este tributo no está contemplado dentro del Anexo técnico definido por la DIAN.
Por esta razón, las plataformas de facturación electrónica alineadas con la normativa no muestran un campo para registrar ReteICA en este tipo de documento.
¿Por qué el ReteICA no aparece en el Documento Soporte?
El Documento Soporte DIAN fue reglamentado mediante la Resolución 000167 de 2021 dentro del sistema de facturación electrónica.
En el Anexo técnico del documento soporte, donde se definen los tributos y retenciones permitidas, no se encuentra incluido el ReteICA.
Esto se debe a que:
El sistema de facturación electrónica está orientado al control de impuestos nacionales.
El ICA y su retención (ReteICA) son impuestos de carácter territorial.
Estos impuestos son administrados por alcaldías o secretarías de hacienda municipales, no por la DIAN.
Debido a esto, el modelo XML del Documento Soporte no contempla un campo para este tipo de retención.
Fuente oficial
Para ampliar esta información puedes consultar la normativa publicada por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales:
Resolución 000167 de 2021 – Documento Soporte en adquisiciones a no obligados a facturar.
Anexo técnico del Documento Soporte del sistema de facturación electrónica.
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000167%20de%2030-12-2021.pdf
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